¿Qué jornadas están disponibles en el colegio?
Tarde: lunes a viernes 1:30 p.m. a 5:10 p.m. – 6:00 p.m.
Sábados: 7:00 a.m. A 12:15 p.m. y 1:30 p.m. a 6:40 p.m. Los ciclos V y VI Hasta las 8:00 p.m.
Virtual: No maneja horario, el estudiante es autónomo para el ingreso a la plataforma de estudio
¿Cuándo me pagan la segunda o tercera cuota del subsidio?
La segunda y tercera cuota de transferencia económica se recibe a fin de mes. *Sujeto a cambios de cuentas bancarias*
¿Cuándo me van a pagar el subsidio?
Dentro de los 5 días hábiles después de la notificación de asignación del subsidio. Por la modalidad de transferencia a su cuenta bancaria si el pago no sale rechazado por error en la cuenta de lo contrario se pagará por juguemos. En los municipios del Cauca donde no opere juguemos se pagará a través de acertemos. Para el resto del País podrá acercarse a las oficinas de Súper Giros y solicitar el pago de un giro enviado por Comfacauca.
¿Cómo hago para postular al subsidio de Ley 2225 del 2022?
Para poder postularse al subsidio de Ley 2225 de 2022 debe tener en cuenta lo siguiente:
Encontrarse desempleado.
En caso de ser independiente, que su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ningún otro o carecer de fuentes de ingreso.
Haber realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar de manera continua o discontinua, durante los últimos tres (3) años. Un año de aportes para dependientes y dos para independientes.
Inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados, pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo y desarrollar la ruta hacia la búsqueda de empleo.
Inscribirse en programas de capacitación.
Cumpliendo con los anteriores requisitos puede acercarse a las oficinas de las sedes (Popayán, Santander de Quilichao, Puerto Tejada) para dar trazabilidad a su proceso.
¿Cómo modificar mi hoja de vida?
Ingresar a la página de Comfacauca (www.comfacauca.com/empleo) dar clic en el botón Registro de buscadores de empleo o ingresar en el link www.serviciodeempleo.gov.co - digitar el usuario y contraseña para ingresar - en editar hoja de vida.
¿Cómo postular a las vacantes?
Ingresar a la página de Comfacauca (https://www.comfacauca.com/servicio/mpc-empleo-f/) o ingresar en el link (https://personas.serviciodeempleo.gov.co/login.aspx), digitar el usuario y contraseña para ingresar - oportunidades laborales - consultar vacantes y postular a la que cumpla.
¿Cómo registrar mi hoja de vida?
Ingresar a la página de Comfacauca (www.comfacauca.com/empleo) dar clic en el botón Registro de buscadores de empleo o ingresar en el link www.serviciodeempleo.gov.co y registrarse.
¿Qué es el subsidio extraordinario por muerte?
Éste se puede dar en dos eventos: cuando fallece la persona a cargo o cuando fallece el trabajador beneficiario. La Caja de Compensación Familiar continúa pagando durante doce (12) meses el monto del subsidio, se debe presentar registro civil de defunción.
¿Cómo desafiliar al cónyuge?
En caso de retirar a la persona que se tiene relacionada como cónyuge o compañera (o) permanente, se debe anexar documento en la que conste cesación de efectos civiles del matrimonio o liquidación de la sociedad conyugal o unión marital de hecho.
¿Cuál es la fecha de presentación de los certificados Universitarios?
Las personas a cargo del trabajador que cursen estudios semestrales deben acreditar la constancia dos (2) veces al año, en las fechas establecidas por el calendario A y B.
¿Cuál es la fecha de presentación de los certificados escolares?
Para Calendario A: del 1 de abril al 10 de mayo. Calendario B: 1 de septiembre al 10 de octubre de cada año.
¿Por qué no me han girado el pago del subsidio familiar monetario?
Quien atienda debe verificar que se cumplan las siguientes condiciones:
1. Pago del aporte corresponda con el número de días laborados.
2. Pago del aporte correspondiente al 4% sobre el salario del trabajador.
3. La empresa pague aportes dentro de las fechas correspondientes (primeros 16 días hábiles de cada mes).
4. Verificar que los documentos del trabajador se encuentren actualizados.
5. El salario de trabajador no puede exceder el tope de 4 SMMLV.
5. Sumatoria de salario entre los padres biológicos del beneficiario no debe exceder los 6 SMMLV.