Ingrese su búsqueda
Comfacauca
Cuota monetaria / Subsidio
¿Cuáles son los requisitos para acceder al subsidio familiar por personas a cargo?

1. Para hijos, hijastros y hermanos:
Tener menos de 18 años. Sin embargo, a partir de los 12 años debe acreditar escolaridad en un establecimiento certificado.
Sin límite de edad, cuando tengas una capacidad física disminuida que les impida trabajar; en este caso tienen derecho a doble cuota de subsidio familiar.

2. Para padres mayores de 60 años:
cuando teniendo menos edad, tengan una capacidad física disminuida que les impida trabajar.
cuando ninguno de los dos recibe salario, renta o pensión alguna.

Es importante señalar que para los hijos mayores de 18 años no es posible recibir subsidio familiar monetario, excepto si tienen capacidad física disminuida.

Cuota monetaria / Subsidio
¿Desde cuándo se convierten en beneficiarios las personas a cargo?

1. Los hijos desde el mes de nacimiento, hasta que cumplan la edad de 18 años.
2. Los hermanos huérfanos e hijastros: desde el primer mes en que quedan a cargo del trabajador

Cuota monetaria / Subsidio
¿Qué se entiende por personas a cargo?

Son los hijos, hijastros, hermanos huérfanos, padres mayores de 60 años que convivan (en el caso de los hermanos huérfanos discapacitados y padres discapacitados) y dependan económicamente del trabajador.

Cuota monetaria / Subsidio
¿Cuáles son los requisitos para recibir subsidio familiar?

Obtener remuneración fija o variable que no sobrepase los cuatro (4) salarios mínimos vigentes y que sumada a la remuneración de su cónyuge o compañero (a) no sobrepase de 6 SMMLV y tener a cargo que tengan el derecho a recibir el subsidio familiar.

Cuota monetaria / Subsidio
¿Todas las cajas de compensación familiar cancelan la misma cuota monetaria de subsidio familiar?

No, en cada departamento existe una cuota de referencia que fija anualmente la Superintendencia del Subsidio Familiar.

Subsidio
¿Cómo se hace la inscripción de un trabajador a una caja de compensación familiar?

Una vez aceptada la afiliación de la empresa a la caja de compensación familiar, el empleador debe remitir la totalidad de los documentos que acrediten la calidad de beneficiarios o no del subsidio familiar de sus trabajadores, junto con los formularios de inscripción de los trabajadores que debe suministrar la respectiva caja.

Una vez inscritos, la caja de compensación familiar expide un carné a sus afiliados, que les permite la utilización de sus servicios acorde con su categoría, sin que por ellos deban cancelar sumas adicionales por el uso de su tarjeta.

Terminado el periodo de afiliación el titular y sus beneficiarios, pueden hacer uso de los programas de educación, capacitación, recreación y turismo social, en las mismas condiciones que tenían como afiliados al momento de su retiro, durante un año a partir de su acreditación como desempleado.

Cuota monetaria / Subsidio
¿Qué es el subsidio familiar?

El subsidio familiar es una prestación social que se da en dinero, especie y servicios, a los trabajadores de medianos y bajos ingresos en proporción al número de personas a cargo y su objetivo fundamental es aliviar las cargas económicas que representan el sostenimiento de la familia.
El subsidio familiar no es salario, ni se computa como factor del mismo en ningún caso.
Subsidio en especie, es el reconocido en alimentos, vestidos, becas de estudio, textos escolares, drogas y demás frutos o géneros diferentes al dinero que determine la reglamentación de la ley.

Subsidio en servicios, es el que se ofrece a través de los programas que desarrollan las cajas de compensación familiar tales como educación, capacitación, bibliotecas, recreación, turismo, vivienda, crédito, adulto mayor y discapacitados. Para estos servicios las cajas de compensación familiar fijan tarifas diferenciales de acuerdo al salario de los trabajadores afiliados así:

1. categoría A. Hasta dos salarios mínimos legales vigentes (SMMLV).
2. categoría B. Más de dos salarios mínimos legales vigentes y hasta cuatro SMMLV.
3. categoría c. Más de cuatro SMMLV.
4. Particulares. categoría de no afiliado a la caja.